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La legislación en torno a la guitarra flamenca: recorrido diacrónico y propuesta de mejora con base en su naturaleza popular

La legislación en torno a la guitarra flamenca: recorrido diacrónico y propuesta de mejora con base en su naturaleza popular

Legislation on the flamenco guitar: a diachronic journey and a proposed improvement measure grounded in its popular character

Manuel Ángel Calahorro Arjona, PhD (1)

(1) C.E.I.P. Virgen del Carmen. Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Alcaudete (Jaén), España. 

Email contacto: manuelflc@hotmail.com

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Resumen: La inclusión de la guitarra flamenca dentro la oferta académica de especialidades instrumentales impartidas en el conservatorio supone un valor muy positivo para la valoración, desarrollo y enriquecimiento de su pedagogía. El objetivo de este trabajo consiste en fomentar y auspiciar el estudio de la guitarra flamenca de acompañamiento en las tres etapas formativas de las enseñanzas regladas de conservatorio, siendo fiel a su tradición y a la propia naturaleza de ésta. De ahí que, apoyándonos en sus referentes populares y en el testimonio oral de artistas de prestigio en este campo, pongamos en valor la capital importancia de la labor acompañante de este instrumento. Seguidamente, y después de analizar diacrónicamente la base legal que regula el plan de estudios vigente, hacemos una interpretación y reflexión en torno a las tres etapas formativas (enseñanzas elementales o básicas, profesionales y superiores), permitiéndonos detectar una deficitaria presencia de las asignaturas de acompañamiento al cante y al baile, cuestión que nos lleva a concluir que estas asignaturas han de contemplarse en los estadíos iniciales, en aras de conseguir una cabal y sólida formación del guitarrista flamenco.

Palabras Clave:  Plan de estudios, guitarra popular, acompañamiento al cante, método tradicional,  conservatorio

Abstract: The inclusion of the flamenco guitar among the academic courses in instrumental specialty imparted at the conservatoire implies a huge step forward in valuing, developing and enriching this instrument’s pedagogy. This article aims to encourage and support flamenco guitar accompaniment in the three formative stages of regulated education at the conservatoires. Including accompaniment in its study would respect the instrument’s tradition and nature. Thus, we use popular references and the oral testimony of prestigious artists in the field to support our claim that this instrument’s task of accompaniment is of prime importance. Then, after diachronically analyzing the legal basis that regulates the current curriculum, we reflect on the three formative stages (basic, secondary and higher education). This allows us to detect the absence of subjects regarding its task of accompanying song and dance, leading us to the conclusion that these subjects must be addressed in the earlier stages of learning in order to achieve complete and thorough training for the flamenco guitar.

Keywords: Curriculum, popular guitar, accompaniment to cante, traditional method, conservatoire


Introducción

En la actualidad, la labor acompañante de la guitarra en el arte flamenco es deudora de su precedente popular. Esta función conlleva una adaptación rítmica y armónica al discurso del cante y el baile. Respecto al cante, además de conocer todo el repertorio de estilos flamencos a través de la vivencia, conviene aprender y dominar la elasticidad rítmica de algunos estilos flamencos, que precisa de una escucha atenta por parte del guitarrista, quien ha de acoplar el compás a ese alargamiento o acortamiento del ritmo. También el baile flamenco demanda un guitarrista que sea capaz de integrar el discurso musical de la guitarra flamenca y el montaje coreográfico. La creación y adaptación musical son necesarias para la práctica de este acompañamiento, que exige un gran dominio del compás, como elemento de engranaje de todos los intervinientes en un baile flamenco.

Además, la música flamenca, más allá de ser un repertorio cerrado e invariable, puede presentar ligeras modificaciones o variaciones en el mismo momento de la interpretación (en función de la expresividad del intérprete o incluso de la reacción del público). La capacidad de prever ese discurso por medio de la intuición que llega a alcanzar todo guitarrista flamenco, conlleva una respuesta espontánea, fluida y cabal, que es lo pertinente dentro de la tradición flamenca. En la propia naturaleza del oficio del guitarrista flamenco se encuentra la función acompañante, tanto del cante como del baile. En segunda instancia está la labor concertista, que es una ilación de la anterior función.

Ahora bien, de acuerdo con la afirmación de Bolívar de que el proceso de enseñanza puede entenderse como el conjunto de acciones formalizadas y que se encaminan a provocar el aprendizaje dentro de contextos escolarizados [1], vamos a razonar que en el caso de la guitarra flamenca este proceso ha de ser matizado, puesto que tradicionalmente se ha llevado a cabo haciendo un uso especial de la transmisión oral.

Como música popular, aprendida en ámbitos diferentes a los académicos, el flamenco ha utilizado unos mecanismos de transmisión que priman la oralidad por encima de la escritura. Como admite Manuel Cano, en sus inicios, esta guitarra flamenca se ha caracterizado por un ritmo espontáneo y muy dependiente del alma de los artistas, no fundamentándose en un conocimiento musical reglado [2]. Autores como Walter Ong, que han estudiado profundamente la fuerza de la oralidad, nos recuerdan que ésta favorecerá habilidades comunicativas y menos introspectivas que una cultura alfabetizada [3]. Y es que la vertiente comunicativa es especialmente necesaria en el desarrollo musical del flamenco, pues, como ya hemos visto unas líneas más arriba, gran parte de la interpretación es susceptible de variación durante la puesta en escena.

Si entendemos la transmisión oral como el conjunto de enseñanzas, conocimientos y experiencias que se transmiten vivencialmente de maestro a alumno y sin apoyo de la transcripción escrita, en la guitarra flamenca, dichas acciones se han sustentado en buena parte sobre una tradición ágrafa, basada en un aprendizaje por imitación establecido entre el profesor y el alumno. Si a esto se añade la importancia capital de la propia experiencia y formación que se deriva del acompañamiento al cante y al baile, estamos plenamente convencidos que sin esta proyección del aprendizaje en el acompañamiento al cante y al baile, no se produce el deseado y correcto proceso de aprendizaje en el candidato a músico guitarrista de flamenco.

Con el plan de estudios LOGSE la especialidad de guitarra flamenca queda incluida dentro de las enseñanzas regladas de conservatorio. Esta regularización e institucionalización supone un paso adelante en la dignificación y valoración de nuestra música flamenca. Sin embargo, también vemos un cierto riesgo de que el proceso de enseñanza-aprendizaje se conduzca por un terreno ajeno al tradicional, ya que al englobar la guitarra flamenca dentro del conjunto de especialidades instrumentales impartidas en los conservatorios, podría acabar derivando en una equiparación de la metodología con la que se sigue en la enseñanza-aprendizaje de otros instrumentos cuya función principal no es la del acompañamiento al cante, centrándose en exclusiva en la guitarra de concierto. Iría en contra de la propia naturaleza expresiva de la guitarra flamenca.

Por ello, el objetivo de este trabajo es fomentar y auspiciar el estudio de la guitarra flamenca de acompañamiento en las tres etapas formativas de las enseñanzas regladas de conservatorio, siendo fiel a su tradición y a la propia naturaleza de ésta.

 


La tradicional labor acompañante de la guitarra flamenca

Con objeto de resaltar la historia y antecedentes de la labor acompañante de la guitarra flamenca, hemos revisado y analizado un elenco de tratados y métodos de guitarra que cuentan con más de cuatro siglos de tradición ininterrumpida [4]. El punto de partida lo fijamos en el primer tratado de guitarra rasgueada Guitarra española de cinco órdenes de Joan Carles Amat [5]. Los tratados y métodos de guitarra barroca y guitarra clásico-romántica, precedentes musicales de nuestra música flamenca [6,7], así como los de guitarra flamenca, han arrojado información de gran valor que corrobora y confirma la pervivencia de una transmisión oral de conocimientos en la que la ocasión interpretativa del acompañamiento vocal y de danzas ha tenido un lugar privilegiado. Si el perfil de ese guitarrista llevaba anejo un cierto desconocimiento de la práctica musical académica o reglada, fomentaba y auspiciaba en cambio la creatividad y la innovación, rasgo inherente a la práctica musical flamenca y a la tradición popular, de la que en buena parte procede.

Estas cualidades son inseparables del discurso musical de la guitarra de acompañamiento, que exige un alto grado de intuición y espontaneidad, o dicho de otra forma, siempre al servicio de la previsión de acontecimientos y la actuación fluida.

Como asevera Paco Cepero en entrevista personal, es fundamental que el guitarrista flamenco, sobre todo en su función de guitarrista acompañante, esté en posesión del conocimiento que le permita desarrollar su oficio como músico flamenco, que no es otro que el de acompañar al cante [4]. Esta afirmación procede de Paco Cepero, reconocido guitarrista de acompañamiento al cante del siglo XX, quien también contaba que le pidieron un consejo sobre qué debía hacer un famoso guitarrista que había ganado con 14 años el famoso Premio Nacional de Córdoba en la modalidad de guitarra de concierto: Le dije: 500 bautizos, 600 bodas y que se rompa mucho las uñas. Y que se vaya a un tablao (p. 345) [4].

La lógica continuidad de la deseada formación conllevaría incluir el acompañamiento en los estadios iniciales, como así admitía Manolo Sanlúcar: Empecé con 13 acompañando a Pepe Marchena y a los grandes. Mi madrina era Pastora Pavón, la Niña de los Peines (p. 374) [4]. Y es que, alineándonos con Gerardo Núñez, la importancia del cante y del baile es fundamental. Son los pilares de nuestro arte (p. 388) [4].

Ahora bien, para tocar la guitarra de concierto, aunque se requiere un gran dominio técnico y un conocimiento del repertorio y del lenguaje musical propio del instrumento, es fundamental el conocimiento del cante. Como apuntaba Gabriel Expósito, muchas de las melodías de guitarra flamenca se encuentran en la propia melodía del cante. Paco de Lucía es un claro exponente de este procedimiento [4].

En general, todos los guitarristas entrevistados (Paco Serrano, José Piñana, Manolo Franco, Juan Manuel Cañizares, Paco Cepero, José Rojo, Gabriel Expósito, Óscar Herrero, Manolo Sanlúcar y Gerardo Núñez) admiten que en el inicio del aprendizaje de la guitarra flamenca debe haber presencia de la función acompañante del cante [4].

En definitiva, coincidimos en que en la base de la formación del guitarrista flamenco ha de estar especialmente presente el desarrollo de facultades relacionadas con la labor acompañante, tanto del cante como del baile.

 


El marco legislativo de las enseñanzas elementales y profesionales en Conservatorios

Con una finalidad interpretativa y para ver cómo se ha llevado a cabo la implantación e institucionalización de las enseñanzas regladas para la especialidad de guitarra flamenca, presentamos a continuación un desglose de toda la normativa concerniente a este instrumento. En esta interpretación no tendremos en cuenta la LOMCE, pues en la misma página del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, las referencias legislativas remiten a la LOE.

 

LOGSE

Debemos partir de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE)  [8] de 1990 como punto de partida de esta andadura iniciada en el conservatorio de Córdoba, donde Manuel Cano Tamayo abanderaba la enseñanza de esta especialidad de forma extraoficial desde el año 1978. La LOGSE supone una regulación de los estudios musicales en los niveles elementales y profesionales. En su desarrollo, el Real Decreto 756/1992 [9] establece los aspectos básicos del currículo para dichos niveles, sin descartar la posibilidad de ampliación del número de especialidades instrumentales que, por su raíz tradicional, interés etnográfico o por su valor histórico, requieran ser tratadas y reguladas dentro de las enseñanzas regladas. De ahí que el Real Decreto 1463/2001 [10] amplíe la relación de especialidades instrumentales contempladas en el Real Decreto 756/1992 con las de gaita, guitarra flamenca y txistu, determinándose los aspectos básicos del currículo.

Ateniéndonos a la prescripción legal de sendos Reales Decretos, el currículo que se fija para las enseñanzas elementales de guitarra flamenca contempla el estudio de dos asignaturas: instrumento y lenguaje musical, materias comunes a todas las especialidades. En lo concerniente a las enseñanzas profesionales, las asignaturas que todo alumno deberá cursar son: instrumento, lenguaje musical, conjunto, coro y armonía.

Por su parte, la Junta de Andalucía, en el ejercicio de sus competencias plenas en materia educativa, desarrolla el Real Decreto 756/1992 a través del Decreto 127/1994 [11], estableciendo las enseñanzas de grado elemental de música en Andalucía. Y es el Decreto 358/1996 [12] el que sienta el currículo de grado medio de las enseñanzas de música. Como se puede deducir, los citados decretos andaluces no contemplan aún la especialidad de guitarra flamenca, pues no es hasta el año 2001, con el Real Decreto 1463/2001, cuando se incluye esta especialidad en el marco normativo nacional. A su vez, el Decreto 488/2004 [13] complementa lo establecido en dichos Decretos con la incorporación de los aspectos básicos del Real Decreto 1463/2001 (en que se incluye la especialidad de guitarra flamenca) y con el establecimiento del currículo de la especialidad de Guitarra Flamenca en los grados elemental y medio de las enseñanzas de música en Andalucía.

Por tanto, para la especialidad de guitarra flamenca, las asignaturas de grado elemental que todo alumnado de forma obligatoria debía cursar serían las siguientes: Instrumento principal: Guitarra flamenca, Coro, Introducción al acompañamiento al cante y Lenguaje musical.

Para grado medio, las asignaturas a cursar eran: Guitarra flamenca, Lenguaje Musical, Armonía, Conjunto instrumental flamenco, Historia y estética de la música, Coro, Iniciación del acompañamiento al cante e Iniciación del acompañamiento al baile.

En relación a las enseñanzas elementales de música, es la Orden de 29 de Julio de 1994 [14] la que establece la distribución horaria de las distintas asignaturas, aunque aún no estaba contemplada la guitarra flamenca entre las especialidades. El horario para estas enseñanzas era el siguiente:

Tabla 1. Horario lectivo semanal correspondiente a las enseñanzas de grado elemental de música de Andalucía según la Orden de 29 de julio de 1994 (p. 10216) [14].

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Por su parte, el Decreto 488/2004, en su disposición adicional única, asigna los horarios para la especialidad de guitarra flamenca. El hecho más significativo es la modificación de las horas lectivas de la asignatura de instrumento para el cuarto curso de grado elemental, pues la guitarra flamenca pasa a tener tan solo una hora lectiva, liberando así otra hora para la asignatura de Introducción al acompañamiento al cante.

La distribución horaria semanal de las asignaturas de grado medio de música se fija a través de la Orden de 31 de julio de 1996 [15], no incluyéndose aún la especialidad de guitarra flamenca (recordemos que la enseñanza de ésta en grado medio no se contempla dentro de ningún marco legal hasta el año 2001, con el Real Decreto 1463/2001). El horario semanal para la especialidad de guitarra flamenca sí queda recogido por medio de la Orden de 13 de abril de 2005 [16], que completa lo legislado en el Decreto 488/2004.

 

Tabla 2. Distribución horaria semanal de las asignaturas de la especialidad de guitarra flamenca del grado medio de música según la Orden de 13 de abril de 2005 (p. 68) [16].

Tabla 2 - 121401-2019

LOE

En continuidad con este recorrido diacrónico por la normativa que ampara la enseñanza reglada de la guitarra flamenca, en el año 2006 aparece una nueva ley educativa, la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) [17], que, en su capítulo VI, regula las enseñanzas artísticas elementales, profesionales y superiores de música. Será la Ley de Educación Andaluza 17/2007 [18] (LEA) la que actualice y revise las políticas educativas dentro del nuevo marco legal establecido por la LOE, concretándola y desarrollándola con base en el contexto andaluz.

Respecto a las enseñanzas elementales de música, la LOE, en su artículo 48.1 establece que tendrán las características y la organización que las administraciones educativas determinen. Por ello, el Decreto 17/2009 [19] es el que establece el currículo de dichas enseñanzas en Andalucía, acogiéndose a la LEA y amparada a nivel nacional en la LOE. El currículo de estas asignaturas será desarrollado por medio de la Orden de 24 de junio del 2009 [20]. Se establecen las siguientes asignaturas: Instrumento, Lenguaje musical, Educación vocal, Coro y Agrupaciones musicales (si bien en esta asignatura podrían abordarse cuestiones relacionadas con el acompañamiento o con una iniciación a la formación musical flamenca, en el currículo no se contempla la música flamenca).

En relación a las enseñanzas profesionales, es el Real Decreto 1577/2006 [21] el que fija los aspectos básicos del currículo con base en la LOE. Mediante el Decreto 241/2007 [22] se establecen y adaptan dichos currículos a la comunidad andaluza, proponiendo las siguientes asignaturas comunes a todas las especialidades: Instrumento o Voz, Lenguaje musical, Armonía e Historia de la música.

Y a su vez, el mismo decreto es el que fija las asignaturas para la especialidad de guitarra flamenca, por un lado las obligatorias y por otro las opcionales, en función del itinerario o modalidad por la que se opte:

  • Obligatorias: Conjunto Instrumental Flamenco, Coro, Historia del Flamenco, Historia del Pensamiento Musical, Iniciación al Acompañamiento del Baile e Iniciación al Acompañamiento del Cante.
  • Opcionales según modalidad e itinerario: Acompañamiento del Baile, Acompañamiento del Cante, Acústica y Organología, Análisis Musical, Composición, Estilos y Formas Musicales, Etnomusicología, Fundamentos de Composición, Informática Musical, Literatura e interpretación del Instrumento Principal, Pedagogía Musical y Piano Complementario.

Finalmente, en el artículo 9 del capítulo III del Decreto 241/2007, el punto 5 indica que son los conservatorios de música los que deben determinar las asignaturas optativas con base en lo que establezca por Orden la Conserjería competente en educación [22].

Por su parte, la Orden de 25 de octubre de 2007 [23] es la que desarrolla el currículo (objetivos, contenidos y criterios de evaluación) de las asignaturas comunes y propias de cada especialidad en las enseñanzas profesionales de música en Andalucía.

En las tablas 3 y 4 podemos ver claramente la distribución horaria de las asignaturas para las enseñanzas básicas y profesionales. Téngase en cuenta que con la LOE la tradicional designación de grado elemental y grado medio pasa a denominarse como enseñanzas básicas y profesionales. No obstante, a pesar de este cambio, no es infrecuente encontramos que la misma legislación use indistintamente enseñanzas básicas o enseñanzas elementales para referirse a la misma etapa.

Tabla 3. Horario semanal en las enseñanzas básicas de música según la Orden de 24 de junio del 2009 (p. 22) [20].

(*) Las clases instrumentales de primer y segundo curso del primer ciclo serán colectivas, con un máximo de tres alumnos o alumnas por cada dos horas.

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Tabla 4. Distribución horaria semanal de las asignaturas de la especialidad de guitarra flamenca de las enseñanzas profesionales según la Orden de 25 de octubre de 2007 (p. 197) [23].

Tabla 4-121401-2019

 


El marco legislativo de las enseñanzas superiores en Conservatorios

LOGSE

En relación a los estudios superiores de música, es el Real Decreto 617/1995 [24] el que fija los aspectos básicos del currículo de grado superior con base en la LOGSE, proporcionando una completa formación práctica, teórica y metodológica a través de las materias que conforman la especialidad elegida, garantizando así una cualificación profesional en los ámbitos de la creación, la interpretación, la investigación y la docencia. Las asignaturas para la especialidad de guitarra flamenca son: Guitarra flamenca, Conjunto, Historia del arte flamenco, Transcripción, Acompañamiento, Improvisación y Teoría musical del flamenco.

A su vez, el Decreto 56/2002 [25] establece el currículo del grado superior de las enseñanzas de música en Andalucía a partir del Real Decreto 617/1995, aunque se deja cierta libertad a cada conservatorio superior para proponer las materias obligatorias y optativas dentro de los planes de estudios fijados. Las materias troncales que se establecen son: Análisis Musical, Teoría de las formas musicales, Sociología y estética de la música, Coro, Educación auditiva, Historia de la música, Cuadro flamenco, Acompañamiento, Historia del arte flamenco, Improvisación flamenca, Teoría musical del flamenco y Transcripción y análisis del flamenco.

 

LOE

En la actualidad, el Real Decreto 631/2010 [26], como desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de grado de música y establece siete especialidades: composición, dirección, interpretación, musicología, pedagogía, producción y gestión y sonología. Con el Real Decreto 707/2011  [27] se añade la especialidad de flamenco a las antes citadas y se regula su contenido básico (competencias específicas, el perfil profesional correspondiente y las materias obligatorias de especialidad, así como los contenidos y créditos correspondientes). La concreción a nivel andaluz se lleva a cabo mediante el Decreto 260/2011 [28], que establece las enseñanzas artísticas superiores de grado en música. Este decreto, en su artículo décimo, propone diferentes itinerarios académicos; en el primero de ellos se encuentran las dos opciones por las que puede optar el alumnado de la especialidad de guitarra flamenca: Flamenco o Interpretación [28]. Las asignaturas mínimas del currículo quedan recogidas en el Anexo I del citado decreto:

Tabla 5. Currículo para la especialidad de guitarra flamenca en las enseñanzas superiores de música (Especialidad de Flamenco) según el Decreto 260/2011 (p. 44) [28].

121401-2019-tt5

ECTS = European Credit Transfer System; HLS = Horario Lectivo Semanal.

Tabla 6. Currículo para la especialidad de guitarra flamenca en las enseñanzas superiores de música (Especialidad de Interpretación) según el Decreto 260/2011 (p. 45) [28].

121401-2019-tt6

ECTS = European Credit Transfer System; HLS = Horario Lectivo Semanal.

Dentro de este mismo decreto se incluye el desarrollo de las diferentes asignaturas y los criterios de evaluación, tanto transversales y generales como los específicos de las especialidades de Flamenco y de Interpretación.

 

 


Discusión

Comenzamos este apartado haciendo referencia a un artículo de Zagalaz y Fernández-Sotos [29], quienes, dentro de un análisis comparativo de los planes de estudios para guitarra flamenca en cuatro comunidades autónomas (Andalucía, Castilla La Mancha, Extremadura y la Región de Murcia), admiten que el caso andaluz es el más elaborado y el que con más fidelidad refleja la propia realidad musical del flamenco. Sin embargo, también admiten que aún quedan muchos pasos por dar para dotar de solidez a los contenidos y objetivos de esta especialidad. Nuestra opinión es que los currículos propuestos para las tres etapas de la formación del guitarrista flamenco –elemental/básica, profesional y superior-, aunque con algunas apreciaciones que pasaremos a comentar, plantean una formación muy completa del músico. Como apuntaba Hoces [30], no solamente se prepara al sujeto para el desenvolvimiento como guitarrista flamenco, sino que además se profundiza ampliamente en el conocimiento de la música clásica u occidental. Sin embargo, conviene comentar algunos aspectos en relación a las tres etapas formativas:

 

Enseñanzas elementales o básicas

En relación a las enseñanzas elementales o básicas, si bien sabemos que en esta primera toma de contacto con un instrumento hay que fomentar la motivación del alumnado hacia el fenómeno musical, también éste ha de conocer qué es lo esencial en el aprendizaje de este instrumento. En breve y dicho directamente: en esta etapa de formación es crucial la inclusión de la asignatura de Iniciación del acompañamiento al cante. Aunque el estudio de esta asignatura se contempla en las enseñanzas profesionales, entendemos que no es suficiente, pues desde el principio el alumno de enseñanzas elementales debe concienciarse de la importancia que tiene el cante en el desarrollo del guitarrista flamenco. Abundemos una vez más con la referencia a las enseñanzas básicas y profesionales por parte del profesor José Rojo, quien afirmaba que tanto las enseñanzas básicas como las profesionales han de ser adaptadas, pues el currículo de guitarra flamenca es una adaptación del de la guitarra clásica. Paralelamente reconocía también la capital importancia que tiene la figura del cantaor en los estadios iniciales [4].

Y así lo creemos: con el conocimiento y acompañamiento del cante se desarrolla una formación inicial que está en plena consonancia con la propia naturaleza de la guitarra flamenca. Paradójicamente, y como se ha podido ver con anterioridad, la LOGSE sí que proponía la inclusión de la asignatura Introducción al acompañamiento al cante en cuarto curso de estas enseñanzas. Con la LOE, sin embargo, se omite esa asignatura. Se da un paso atrás en lo que entendemos que debe ser una sólida y cabal formación del alumno principiante de guitarra flamenca.

 

Enseñanzas profesionales

Respecto a las enseñanzas profesionales, nos encontramos con el mismo problema: la escasa presencia de las asignaturas de acompañamiento al cante y al baile. En 1º y 2º no se contempla el estudio de estas asignaturas. La primera de ellas, la de acompañamiento al cante, tan solo dispone de una hora en 3º, al igual que el acompañamiento al baile, que cuenta con una hora en 4º. En 5º y 6º curso son asignaturas que tienen un carácter optativo según la modalidad que se escoja. Y todavía así, es decir, aun si se escoge la modalidad A en la que se incluyen ambas asignaturas (de acompañamiento al cante y al baile), tan solo se estudiará media hora en 5º (acompañamiento al cante) y media hora en 6º (acompañamiento al baile). Es a todas luces un horario lectivo muy reducido, que no permite mucho más que un tratamiento meramente teórico o conceptual del cante y del baile.

Sin embargo, si revisamos las primeras intenciones prescritas en el Decreto 488/2004, parece contradictoria la realidad existente con lo que en ese texto se recogía, pues se instaba claramente a crear las estrategias que posibilitaran el encuentro entre la transmisión oral y la formación musical, reflejándose ese encuentro en las asignaturas de acompañamiento al cante y al baile [13].

De donde se concluye que esta prescripción, que posibilitaba una posterior concreción, ha quedado en papel mojado. Por tanto, mantenemos que la importancia que se le da a la asignatura principal, es decir, a la de Instrumento –guitarra flamenca–, debe ser compartida con la del acompañamiento, tanto del cante como del baile, labor fundamental de todo guitarrista y cuya importancia ha quedado suficientemente atestiguada [4]. Hay una escasa presencia de estas asignaturas en los planes de estudios de la especialidad de guitarra flamenca. Las lagunas formativas de este plan de estudios, como ya refería el profesor de guitarra flamenca del conservatorio superior de Córdoba Gabriel Expósito, se comprueban claramente en algunos alumnos que hacen las pruebas de acceso a grado superior con una deficitaria formación en el acompañamiento al cante y al baile. Incluimos aquí sus palabras: Aquí en la prueba de superior se ve ese perfil. Niños que han hecho su conservatorio (elemental y medio), tocan correcto, pero falta mucha esencia que no se explica en una partitura. Después lo ves acompañando al cante y al baile y ahí ya se le ve todo (p.361) [4].

Otro aspecto en el que conviene detenernos está relacionado con la incongruencia que se produce al no incluirse ninguna asignatura en la que se aborde el análisis musical flamenco. Sin embargo, resulta paradójico que sea uno de los requisitos específicos de la prueba de acceso a las enseñanzas superiores en la especialidad de Flamenco. Esta prueba, regulada por la Orden del 18 de abril de 2012, incluye un ejercicio de análisis [31].

A este respecto, la propia Orden de 25 de octubre de 2007, que desarrolla el currículo de las enseñanzas profesionales de música en Andalucía, contempla sutilmente el repertorio del Patrimonio musical de Andalucía en las áreas de Lenguaje Musical, Análisis musical, Composición, Estilos y formas musicales y Fundamentos de Composición. Sin embargo, como también señalaba Hoces [30], nuestra opinión es que la presencia de la música andaluza en estas áreas nos parece insuficiente. Como ejemplo, si la asignatura de Lenguaje Musical tan solo aborda el conocimiento de los elementos propios del folclore musical andaluz en su noveno objetivo [23], el resto de asignaturas mencionadas unas líneas atrás, proponen un único objetivo que se mantiene invariable en las cuatro áreas: Conocer los principales elementos y procedimientos compositivos de las distintas épocas y autores, desde el canto gregoriano hasta la actualidad, incluyendo algunas obras del Patrimonio musical andaluz (p. 151) [23].

Coincidimos plenamente con el grado de madurez y conocimiento que se exige en el análisis formal y estético de un alumno de enseñanzas superiores, pero si nos hacemos la siguiente pregunta: ¿dónde ha de preparar el alumnado de guitarra flamenca de enseñanzas profesionales el ejercicio 4 de esa prueba de acceso a grado superior? La respuesta es obvia: si el propio plan de estudios prescrito legalmente no contempla que el alumnado tenga una formación específica en ese campo, el candidato deberá buscar otras opciones formativas que el propio sistema educativo no ofrece.

La misma incongruencia se da también en el caso de la asignatura de Armonía, pues en ésta no se contempla la armonía modal propia del flamenco, sino que se focaliza en el estudio de la armonía clásica. A este respecto, nos consta que algunos conservatorios, si bien sufren este tipo de incongruencias del propio plan de estudios, han planteado soluciones propias: dentro de la asignatura de Análisis, que se cursa en tercer ciclo, se incluyen contenidos relacionados con el análisis musical del flamenco.

 

Enseñanzas superiores

En relación a las enseñanzas superiores, vemos que se propone una transversalidad de los contenidos que persigue la formación integral del músico flamenco. Se abarcan los dos lenguajes musicales antes citados: el de la música flamenca (con asignaturas como sociología del flamenco, historia del flamenco, teoría musical de flamenco o análisis musical del flamenco) y el de la música occidental (con asignaturas como análisis musical, sociología y estética de la música o historia de la música). Sin embargo, existe también el gran problema de la excesiva carga de materias o asignaturas descontextualizadas de la música flamenca. No somos contrarios a que se propicie esa formación integral, pero no a costa de que ese bagaje de conocimientos musicales más cercanos a la música occidental se consiga a cambio de una deficiente profundización en el propio lenguaje musical flamenco.

Para finalizar, hay que incidir en otra carencia relacionada con las asignaturas de didáctica del instrumento, como así apuntaba recientemente Alicia González [32]. Tal y como está enfocado el plan de estudios, un titulado superior en música tendrá una deficitaria formación pedagógica para el ejercicio de su labor docente (en el caso de que opte por esta vía). Las asignaturas relacionadas con la didáctica se ofertan de forma optativa; es el alumno el que voluntariamente opta por escoger este tipo de asignaturas. Este hecho, más allá de haberse detectado recientemente, representa un déficit desde los inicios de estas enseñanzas, como ya exponía Rafael Hoces en el año 2006 [33].

En la actualidad, no hay más que ver la página web de cualquier conservatorio superior de música para poder corroborar esta carencia en los correspondientes planes de estudios.


Conclusiones

Como consecuencia de la institucionalización de la guitarra flamenca hemos constatado que los currículos establecidos proponen una formación integral del músico flamenco, pero con algunas carencias, entre las que destacamos una escasa presencia de la guitarra de acompañamiento al cante y al baile.

Esta última idea nos lleva a lanzar la siguiente propuesta de mejora en relación al plan de estudios vigente para la especialidad de guitarra flamenca en el conservatorio: el acompañamiento del cante debe ser la asignatura troncal en torno a la cual se articule la formación del guitarrista flamenco. Es en la primera etapa de la formación del guitarrista flamenco, es decir, en las enseñanzas elementales o básicas, cuando se deben adquirir las primeras nociones de acompañamiento al cante, incorporándose posteriormente el acompañamiento al baile con un claro carácter de continuidad, tanto en las enseñanzas profesionales como en las superiores.

Paralela a esta propuesta se encuentra la necesidad de fomentar entre los alumnos la práctica del acompañamiento fuera del conservatorio, en entornos no reglados. Los docentes de conservatorio no pueden prometer al alumnado que una formación exclusiva dentro del conservatorio capacite y posibilite adquirir el oficio de guitarrista flamenco. Es fundamental que desde la propia institución se propicie la participación activa del alumno en los ambientes en los que el flamenco se desarrolla: peñas flamencas, tablaos y/o academias de baile. Si bien esta práctica es difícilmente legislable, creemos necesario que el profesorado transmita siempre y de manera destacada esa necesidad de potenciar la práctica del acompañamiento fuera del conservatorio.

Que la música flamenca haya pasado a formar parte de la oferta formativa de enseñanzas regladas de conservatorio, supone un paso adelante, de dignificación y valoración de este arte. Conocer y dominar el lenguaje universal de la música dentro de su proceso de formación, no solo permite hacer un uso de la partitura como medio de fijación del material musical, sino que también posibilita trabajar y analizar nuevos campos de desarrollo para la guitarra flamenca que antes solo se conocían por intuición: armonía, melodía, esquemas formales, ritmos y/o compases.

Bajo un prisma musicológico, esta institucionalización supone una dignificación de la música flamenca, que se equipara a cualquier otra música que también goce de presencia en el conservatorio. Pero esa equiparación no puede traducirse en un trasvase metodológico o actitudinal. La naturaleza y rasgos que forman parte de la idiosincrasia de la música flamenca siempre deberán ser tenidos en cuenta, valorados y transmitidos. Así se conseguirá que la integración entre la tradición y la modernidad sea plena: suplir las antiguas carencias musicales de los guitarristas flamencos sin que vaya en detrimento de sus puntos fuertes.


Referencias documentales

  1. Bolívar A. 1995. El conocimiento de la enseñanza. Epistemología de la investigación curricular. Granada: FORCE.
  2. Cano M. 2006. La guitarra. Historia, estudios y aportaciones al Arte Flamenco. Sevilla: Ediciones Giralda.
  3. Ong W. 2006. Oralidad y escritura: Tecnología de la palabra. Buenos Aires: Fondo Cultura Económica Argentina.
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  5. Amat JC. 1758. Guitarra española de cinco órdenes, la cual enseña de templar y tañer rasgado todos los puntos naturales, y b, mollados, con estilo maravilloso. Y para poner en ella qualquier tono, se pone una tabla, con la qual podrá qualquier sin dificultad cifrar el tono, y después tañer y cantarle por doze modos, y agora añadida por el mismo autor. Y a la fin se haze mención también de la Guitarra de quatro órdenes. Valencia: Aguftin Laborda.
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(*) Nota del autor:

Información complementaria sobre algunas referencias documentales.

2. Cano M. 2006. La guitarra. Historia, estudios y aportaciones al Arte Flamenco. Sevilla: Ediciones Giralda. [Edición facsímil de La guitarra. Historia, estudio y aportaciones al Arte Flamenco, publicado por Manuel Cano en 1986].

3. Ong W. 2006. Oralidad y escritura: Tecnología de la palabra. Buenos Aires: Fondo Cultura Económica Argentina. [Trad. Angélica Scherp. Primera edición en inglés, Londres: Methuen & Co. Ltd., 1982].

5. Amat JC. 1758. Guitarra española de cinco órdenes, la cual enseña de templar y tañer rasgado todos los puntos naturales, y b, mollados, con estilo maravilloso. Y para poner en ella qualquier tono, se pone una tabla, con la qual podrá qualquier sin dificultad cifrar el tono, y después tañer y cantarle por doze modos, y agora añadida por el mismo autor. Y a la fin se haze mención también de la Guitarra de quatro órdenes. Valencia: Aguftin Laborda. [Primera edición, Barcelona: 1596].

 

 

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